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scheduleActualizado: 2026-06-09 01:17

update Últimos cambios

El escenario regulatorio para 2026 consolida reformas cruciales enfocadas en la digitalización, la desburocratización y la seguridad en el transporte de seres vivos. Las principales actualizaciones incluyen:

  • Consolidación de las Nuevas Reglas para el Transporte de Animales (Estándar Joca): Tras un amplio debate nacional iniciado en años anteriores, las normas para el transporte de mascotas en cabina y en bodega de carga se han vuelto más estrictas y estandarizadas en todas las aerolíneas nacionales en 2026. Se exige trazabilidad completa (chips o sensores de localización), monitoreo por video en los compartimentos de carga climatizados y la obligatoriedad de disponer de soporte veterinario de emergencia en los principales centros aeroportuarios (*hubs*).
  • Digitalización de Documentos y Biometría Facial: La ANAC, en asociación con el Ministerio de Puertos y Aeropuertos y el Serpro, ha expandido la obligatoriedad del embarque biométrico 100% digital ("Embarque + Seguro") en los principales aeropuertos del país, eliminando la necesidad de presentar tarjetas de embarque y documentos de identidad físicos para los pasajeros registrados en el sistema Gov.br.
  • Metas de Sostenibilidad y Descarbonización: Alineada con las directrices del programa nacional de Combustibles del Futuro, la ANAC implementó en 2026 la fiscalización del uso de la cuota mínima obligatoria de SAF (*Sustainable Aviation Fuel* - Combustible de Aviación Sostenible) para vuelos domésticos, con incentivos tarifarios para las aerolíneas que superen las metas de neutralidad de carbono.
  • Agilización de Indemnizaciones vía Consumidor.gov.br: La ANAC reforzó el uso de la plataforma Consumidor.gov.br como canal oficial para la resolución rápida de conflictos de consumo. En 2026, las compañías que no solucionen de forma previa o ágil las demandas por cancelación de vuelos y pérdida de equipaje están sujetas a multas administrativas progresivas e inmediatas aplicadas por la agencia.

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luggage Equipaje

Las normas vigentes de la ANAC (basadas en la Resolución nº 400) garantizan la transparencia tarifaria y definen de manera precisa los derechos del pasajero respecto a su equipaje:

### Equipaje de Mano (Franquicia Gratuita Obligatoria)

  • Límite de Peso: Todo pasajero tiene derecho a transportar, gratuitamente en cabina, al menos 10 kg de equipaje de mano.
  • Dimensiones: Los límites dimensionales máximos recomendados para garantizar una acomodación segura en los *bins* (compartimentos superiores) son de 55 cm x 35 cm x 25 cm (incluyendo asas, bolsillos y ruedas).
  • Artículo Personal: Adicionalmente al equipaje de mano, el pasajero puede llevar un artículo personal menor (como mochila, bolso para computadora portátil o bolso de hombro) que debe ser acomodado obligatoriamente bajo el asiento frente a sí.

### Equipaje Facturado

  • Las aerolíneas poseen libertad tarifaria. Esto significa que las franquicias de equipaje facturado pueden cobrarse aparte. Las empresas deben ofrecer diferentes clases tarifarias (permitiendo que el pasajero opte por tarifas más económicas sin derecho a equipaje facturado).
  • Transparencia Tarifaria: En el momento de la compra, el valor correspondiente a la facturación de equipaje debe estar claramente discriminado antes de finalizar el pago.

### Pérdida y Daños al Equipaje

  • Pérdida: En caso de que el equipaje no sea localizado en el desembarque, el pasajero debe completar inmediatamente el Registro de Irregularidad de Equipaje (RIB) en la misma sala de desembarque. La empresa tiene hasta 7 días (vuelos domésticos) o 21 días (vuelos internacionales) para localizar y entregar el equipaje.
  • Indemnización por Gastos: Mientras el equipaje esté perdido (fuera del domicilio del pasajero), la aerolínea está obligada a resarcir los gastos por artículos de primera necesidad (higiene y vestimenta).
  • Daño o Violación: El pasajero tiene un plazo de hasta 7 días después de la recepción del equipaje para formalizar el reclamo por daños o violación ante la empresa. La transportista debe reparar el equipaje, sustituirlo por uno equivalente o indemnizar al pasajero.

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pets Mascotas

En 2026, las reglas para el transporte de mascotas están rigurosamente detalladas para garantizar el bienestar animal:

  • Tipos de Transporte: El transporte puede realizarse en la cabina de pasajeros (generalmente para perros y gatos de pequeño tamaño, cuyo peso sumado al del kennel no supere el límite de 7 a 10 kg, según la política comercial de cada empresa) o en la bodega de carga (para animales de mediano y gran tamaño, acondicionados en transportines homologados por la IATA).
  • Documentación Requerida (Vuelos Nacionales):
  • Certificado de salud emitido por un médico veterinario registrado en el CRMV, con validez de 10 días.
  • Cartilla de vacunación actualizada que compruebe la aplicación de la vacuna antirrábica (con más de 30 días y menos de 1 año de aplicación).
  • Documentación Requerida (Vuelos Internacionales): Se exige el Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAPA), además de microchip y serología según las exigencias sanitarias del país de destino.
  • Perro Guía: El transporte de perros guía (para asistencia a personas con discapacidad visual o de movilidad) está exento de tarifas y el animal viaja obligatoriamente en la cabina de pasajeros, posicionado en el suelo, al lado de los pies de su tutor, utilizando collar y arnés. No cuenta como equipaje de mano ni dentro del límite de PET tradicional.

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family_restroom Niños y familias

La regulación de la ANAC se enfoca en la protección de menores y en facilitar los viajes en ambiente familiar:

  • Gratuidad/Tarifa para Bebés (*Infants*): Los niños de hasta 2 años incompletos (23 meses) pueden viajar en el regazo del responsable pagando solo una tasa simbólica o incluso sin costo en vuelos domésticos. En vuelos internacionales, el cobro máximo estándar es de hasta el 10% de la tarifa de adulto.
  • Franquicia de Artículos de Bebé: Las aerolíneas deben garantizar el transporte gratuito de un cochecito de bebé desmontable o una silla de transporte (bebé confort) por niño, pudiendo facturarse en la puerta de embarque o llevarse en cabina si hay espacio disponible en el compartimento de equipaje.
  • Asiento Conjunto Garantizado: Está prohibida la separación de menores de 12 años de sus padres o responsables. Las aerolíneas deben asignar asientos contiguos (lado a lado) de forma gratuita para el menor y al menos un adulto responsable, sin cargos extra por la reserva de asiento previa.
  • Menores No Acompañados: Los niños de entre 8 y 16 años incompletos pueden viajar sin compañía en vuelos domésticos mediante la contratación del servicio de acompañamiento ofrecido por la aerolínea (cargo opcional) y la presentación de la autorización judicial o autorización electrónica de viaje (AEV) registrada en notaría. Los menores de 8 años no pueden viajar sin acompañante bajo ninguna circunstancia.

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accessible Mayores y accesibilidad

Las directrices para la atención a Pasajeros con Necesidad de Asistencia Especial (PNAE) se rigen por la Resolución nº 280 de la ANAC:

  • Personas Contempladas: Adultos mayores (60 años o más), mujeres embarazadas, mujeres lactantes, personas acompañadas de lactantes, personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, personas con movilidad reducida o cualquier persona que necesite asistencia especial por condición médica.
  • Equipos de Movilidad Gratuitos: El pasajero con discapacidad tiene derecho a facturar gratuitamente hasta dos equipos de movilidad personal (como silla de ruedas motorizada o manual, muletas, andadores). Si el equipo es facturado, la empresa debe proveer una silla propia para el tránsito hasta la puerta de la aeronave.
  • Descuento para Acompañante: En casos donde el PNAE necesite un acompañante para asistencia esencial (según análisis médico), la aerolínea debe ofrecer un descuento de al menos el 80% en el pasaje aéreo del acompañante, quien deberá viajar en la misma clase y en un asiento contiguo al del pasajero asistido.
  • Plazos de Solicitud y Formularios Médicos:
  • Asistencia General (Sillas de ruedas, ayuda en el embarque): Debe solicitarse a la aerolínea con una antelación mínima de 48 horas antes de la hora del vuelo.
  • MEDIF (Medical Information Form): Formulario médico completado por el médico tratante del pasajero para comprobar la seguridad del transporte. Debe enviarse a la aerolínea con al menos 72 horas de antelación.
  • FREMEC (Frequent Traveller Medical Card): Tarjeta médica para pasajeros frecuentes con condiciones médicas crónicas y estables, que dispensa la necesidad de enviar el MEDIF en cada vuelo durante su validez (generalmente 1 año).

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link Fuentes oficiales

⚠️ Solo informativo — confirma siempre en la fuente oficial (consulado/autoridad) antes de viajar.

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